Introducción

ITC Calidad y Medio Ambiente ha habilitado una herramienta que permite a empleados como a terceros, comunicar de forma confidencial y anónima cualquier incumplimiento normativo, así como cualquier hecho que pudiera ser delictivo, que se haya producido o se esté llevando a cabo en el ámbito de actividad de nuestra empresa, y del que se haya tenido conocimiento. Esta herramienta es el Canal Ético cuyas normas de funcionamiento se recogen a continuación.

Régimen Jurídico

Las normas de funcionamiento regulan la habilitación y puesta a disposición del Canal Ético, así como el régimen de derechos, deberes, garantías, términos y condiciones de acceso y uso del mismo por parte de sus usuarios.

ITC se reserva el derecho a modificar la presentación, configuración, funcionamiento y contenido del Canal Ético, así como las presentes normas de funcionamiento.

Aceptación de las Normas y condiciones de uso del Canal Ético

El acceso y/o utilización del Canal Ético supone la aceptación plena y sin reservas de las presentes normas de funcionamiento.

ITC, a través de su Órgano de Cumplimiento Normativo, tendrá la consideración de administrador del canal ético, pudiendo delegar su gestión, reservándose la facultad de interpretación en caso de duda o discrepancia en la utilización del mismo.

Objeto y finalidad

A través del canal ético cualquier persona podrá presentar una comunicación o denuncia en caso de detectar o tener conocimiento de un incumplimiento normativo o de una posible conducta delictiva.

Usuarios del Canal

Cualquier persona que haya podido tener conocimiento de un incumplimiento normativo o de una posible conducta delictiva, podrá ser usuaria del canal, independientemente de su relación con la empresa.

Acceso y Uso del Canal

Las comunicaciones que se realicen podrán ser anónimas y no anónimas, si bien para la adecuada tramitación de una comunicación se recomienda que contengan al menos los siguientes datos:

  1. Identidad del comunicante.
  2. Identidad del presunto infractor.
  3. Exposición detallada de los hechos o argumentos que sustenten la comunicación o infracción, adjuntando si fuera posible toda la documentación probatoria de la que disponga el comunicante.

Protección de comunicantes y presuntos infractores.

Las comunicaciones que se realicen podrán ser anónimas y no anónimas, si bien para la adecuada tramitación de una comunicación se recomienda que contengan al menos los siguientes datos:

  1. Identidad del comunicante.
  2. Identidad del presunto infractor.
  3. Exposición detallada de los hechos o argumentos que sustenten la comunicación o infracción, adjuntando si fuera posible toda la documentación probatoria de la que disponga el comunicante.

Alcance del Canal

Conforme al objeto y finalidad del canal, éste constituye una herramienta de comunicación entre los Usuarios e ITC, para la denuncia y/o comunicación de cualquier incumplimiento normativo o de cualquier posible conducta delictiva de la que se tenga o se haya tenido conocimiento, en el ámbito de la actividad que desarrolla la empresa.

El canal ético no puede ser utilizado para finalidad distinta a la manifestada tanto en el párrafo anterior como en el objeto y finalidad de estas normas de funcionamiento.

Protección de datos personales.

Los datos personales facilitados por los usuarios del canal serán tratados conforme a la normativa en materia de protección de datos personales. Así mismo cualquier persona que haya sido objeto de denuncia será inmediatamente informada de los hechos de los que se les acusa.

Tanto comunicantes como presuntos infractores podrán ejercitar sus derechos de acceso, supresión (derecho al olvido), limitación de tratamiento, oposición, portabilidad, derecho a no ser objeto de decisiones individualizadas, así como el de revocación del consentimiento, enviando a la EMPRESA carta debidamente firmada a nuestra dirección postal, incluida en nuestra política de privacidad referida a nuestro Canal Ético.

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