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De acuerdo a la legislación tanto estatal como de las diversas
comunidades autonómicas, la redacción de un Plan de Ordenación
Cinegético (POC) es obligatoria. Así, la Ley 4/1989, de
27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la
Flora y Fauna Silvestre, en su Artículo 33.3, establece como requisito
obligatorio el Plan técnico (Planes Cinegéticos), para poder
realizar cualquier aprovechamiento cinegético en los terrenos acotados. Como
ejemplo de legislación autonómica, la Ley 4/1996, de 12
de julio, de Caza de Castilla y León, en su artículo 40.
indica que la caza será protegida y fomentada aprovechándose
de forma ordenada y se exigirá a sus titulares la confección
de Planes cinegéticos, siendo el titular el responsable
del cumplimiento del Plan cinegético. SancionesDe
acuerdo a las premisas legales antes mencionadas, se cataloga como Infracciones
muy graves el Practicar la caza sin tener aprobado el correspondiente
Plan Cinegético (Art. 74.6, Ley 4/1996, de 12 de julio, de
Caza de Castilla y León) y en consecuencia se sancionará
según la Comisión de sanciones muy graves
(Art. 77.c) aplicándose
una graduación de la sanción de acuerdo a las siguientes
circustancias (Art. 78. 1.) b) Trascendencia social y perjuicio causado a la fauna. d)Concurrencia de infracciones. e) Reincidencia año tras año. f)El volumen de medios ilícitos empleados, así como el de pieza cobradas. g) El ánimo de lucro y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión de la infracción. SolucionesI T C calidad y medio ambiente ofrece este tipo de trabajos, desde su planteamiento inicial en las que podemos llevar a cabo la solicitud de subvenciones (hay diversas comunidades autónonas que disponen de este tipo de ayudas), el trabajo de campo e investigación, estudios de dinámica de poblaciones, inventarios de especies cinegéticas hasta cursos de concienciación de los cazadores, controles temporales,etc. Para ello, I T C calidad y medio ambiente dispone del mejor equipo técnico y humano preparado para llevarlos a cabo con el rigor que caracteriza a este tipo de trabajos. La GestiónCinegética ha de estar integrada en la propia gestión del Coto. De esta forma se logra la máxima eficacia, influyendo en todas las decisiones y actividades de la Sociedad. Así pues, para alcanzar la plena calidad del Plan, entre todas las funciones que se realizan en la organización de la Sociedad, se deben marcar unos objetivos de calidad en todas las fases del Plan de Ordenación, desde la fase inicial de concepción y diseño hasta la preparación del trabajo, incluida su puesta en funcionamiento. Desde esta perspectiva se comprende que la calidad de este tipo de estudio debe estar incluida para alcanzar los objetivos, tanto de la Sociedad de Cazadores como para el Medio Ambiente. Si está interesado o requiere más información, no dude en contactar con nosotros. Imagen de fondo cedida por el autor Iñaki Geijo
Fecha última actualización: 17/5/06 |